La segunda parte de la Constitución se refiere a la organización del gobierno. Establece qué autoridades ejercen diferentes poderes y qué atribuciones tiene cada uno de ellos. Recibe el nombre de parte orgánica, y comprende los artículos del 44 al 129.
Establece la división tripartita de poderes:
- Poder Ejecutivo,
- Poder Legislativo,
- Poder Judicial.